En el sector eléctrico, las transformaciones reales no se anuncian: Se evidencian en las actualizaciones regulatorias y en la forma en que el Estado compra energía. Cuando un tema empieza a aparecer, al mismo tiempo, en procedimientos regulatorios y en procesos de contratación pública, deja de ser una hipótesis tecnológica, o una novedad foránea y pasa a convertirse en una referencia práctica para el mercado.
Eso es lo que hoy se observa en República Dominicana con el almacenamiento de energía en baterías.
Los sistemas conocidos internacionalmente como BESS (Battery Energy Storage Systems), y denominados en la regulación local como SAEB, están siendo incorporados de manera expresa en ciertos carriles relevantes del mercado eléctrico, tanto desde la óptica regulatoria como desde la compra pública.
Las Señales del Mercado: Licitaciones con Almacenamiento
La señal más visible proviene de la contratación estatal. Las distribuidoras EDENORTE, EDESUR y EDEESTE, coordinadas por el Consejo Unificado de las EDE (CUED), se encuentran ejecutando la licitación EDES-LP-NGR-01-2025 para contratar hasta 600MW de nueva generación solar y eólica mediante contratos de largo plazo. El elemento distintivo del proceso no es solo el volumen, sino el diseño: el almacenamiento con baterías forma parte del producto esperado en el esquema técnico.
Este tipo de pliego no convierte automáticamente al almacenamiento en una obligación universal para todo proyecto energético del país, pero sí envía una señal clara sobre hacia dónde se está moviendo el estándar de contratación en los segmentos que hoy marcan la expansión del sistema.
Marco Regulatorio Formalizado
En paralelo, el regulador ha avanzado en la formalización del almacenamiento desde el punto de vista administrativo. La Superintendencia de Electricidad (SIE) emitió un procedimiento específico para la autorización de instalaciones de Sistemas de Almacenamiento de Energía con Baterías (SIE-164-2025-MEM). Con ello, el BESS deja de depender de criterios informales y pasa a evaluarse sobre la base de un expediente, con requisitos, ruta y plazos claros.
Para los proyectos de generación renovable variable, particularmente solar fotovoltaica y eólica, que integran sistemas de almacenamiento dentro de la misma solución técnica, la Superintendencia de Electricidad estableció requerimientos técnicos obligatorios aplicables a ese supuesto específico, mediante la Resolución SIE-178-2025-MEM.
Criterios Técnicos: La Diferencia entre Tener y Funcionar
En la práctica, esto significa que el almacenamiento no se evalúa solo por "estar instalado", sino por cómo opera: su capacidad de cumplir el comportamiento exigible por el sistema y de demostrarlo con parámetros medibles.
Aquí aparece la distinción que, en la vida real, define si un proyecto avanza o se queda atascado:
El tropiezo típico no es comprar "la batería equivocada". Es creer que el proyecto es el equipo. Un proyecto se vuelve invertible cuando cierra completo: permisos coherentes, conexión defendible y contratos que convierten desempeño en obligación exigible. Sin ese cierre, puedes tener el mejor sistema del mundo y aún así perder dinero.
Estructuración del Proyecto: Híbrido vs Standalone
Todo empieza con una pregunta simple que decide ruta, cronograma y costos: ¿lo estás estructurando como híbrido o como standalone?
Proyecto Híbrido (Renovable + Almacenamiento)
Si es híbrido, el almacenamiento no se "añade" al final. Se diseña desde el día uno para cumplir comportamiento del sistema: manejo de rampas, respuesta ante eventos, coordinación con la planta renovable y validación en comisionamiento (pruebas de puesta en servicio). Por eso EPC (ingeniería, suministro y construcción) y O&M (operación y mantenimiento) no pueden ser plantillas: tienen que amarrar métricas, criterios de aceptación por desempeño y remedios contractuales si el sistema no entrega lo prometido.
Proyecto Standalone (Almacenamiento Independiente)
Si es standalone, cambia el centro de gravedad. El activo crítico suele ser el nodo y la solidez del expediente. Un sistema de almacenamiento técnicamente adecuado no compensa una interconexión débil ni una tramitación fragmentada. En este carril, los retrasos no se miden en "molestias": se miden en costo financiero, oportunidad perdida y desgaste reputacional.
Conclusión: El Nuevo Estándar de Ejecución
La conclusión razonable no es que el almacenamiento sea obligatorio en todos los casos, sino que dejó de ser marginal en los carriles que hoy están empujando la expansión del sistema eléctrico dominicano. En licitaciones públicas relevantes y en supuestos regulatorios específicos, el BESS ya opera como estándar técnico y contractual.
Quien lea esta evolución a tiempo no va a ganar una ventaja "de tecnología". Va a ganar una ventaja de ejecución: diseñar proyectos que caminen con la dirección real del mercado y con lo que el regulador espera ver, por expediente y por desempeño.